Una duda muy común: ¿Pago mis impuestos en base al precio de venta, el valor de tasación o el valor catastral?
Cuando compramos una propiedad, uno de los aspectos que genera más dudas es si los impuestos que debemos pagar como compradores se calculan sobre el precio de tasación o sobre el precio de venta final. Para aclarar esta cuestión, vamos a desglosar los conceptos clave.
1. El Precio de Tasación
La tasación de un inmueble es el valor estimado por un tasador autorizado, normalmente solicitado por el banco si se está financiando la compra mediante hipoteca. Este precio no siempre coincide con el precio de venta final acordado entre el comprador y el vendedor, y suele representar el valor objetivo de mercado basado en características comparativas del inmueble.
2. El Precio de Venta Final
Es el valor que efectivamente pagas al adquirir la propiedad, negociado entre ambas partes, y reflejado en la escritura de compraventa. Puede ser mayor o menor que el precio de tasación, dependiendo de la oferta y demanda o de las condiciones del mercado.
3. El Valor Catastral y el Valor de Referencia
El valor catastral es un importe fijado por la Administración Pública, que representa el valor del suelo y la construcción de un inmueble. Este valor suele ser inferior al precio de mercado, ya que está más relacionado con datos fiscales y no tiene en cuenta variaciones de mercado.
4. ¿Qué ocurre si el precio de venta es inferior al valor catastral o de referencia?
Cuando el precio de venta que has negociado es inferior al valor catastral o al valor de referencia, la administración puede tomar el mayor de estos valores como base para el cálculo de los impuestos, específicamente el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Esto ocurre porque las autoridades fiscales presumen que las partes podrían haber acordado un precio de venta menor para evitar pagar impuestos altos, lo que se conoce como infravaloración de la compraventa. Si el valor de venta está por debajo de ese valor de referencia, es probable que Hacienda te exija pagar los impuestos sobre este último, aunque el precio de compra haya sido inferior.
5. Ejemplo práctico
Supongamos que compras una vivienda por 150.000 €, pero el valor catastral o el valor de referencia del inmueble es de 180.000 €. En este caso, aunque el precio de venta sea menor, Hacienda calculará el ITP sobre los 180.000 €, es decir que tendrás que tendrás que pagar impuestos sobre una base imponible superior.
6. Conclusión
Como regla general, los impuestos se pagan sobre el precio de venta final reflejado en la escritura pública. Sin embargo, si el valor de venta es menor que el valor de referencia o el valor catastral, las autoridades fiscales pueden calcular los impuestos tomando como base el valor más alto entre ellos. Por ello, es fundamental que los compradores tengan en cuenta estos valores al negociar la compra de un inmueble para evitar sorpresas fiscales más adelante.